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Y el que se acogiere a alguna de aquellas ciudades, se presentará a la puerta de la ciudad, y dirá sus causas, oyéndolo los ancianos de aquella ciudad; y ellos le recibirán consigo dentro de la ciudad, y le darán lugar que habite con ellos.

Y cuando el vengador {Heb. redentor} de la sangre le siguiere, no entregarán en su mano al homicida, por cuanto hirió a su prójimo por yerro, ni tuvo con él antes enemistad.

Y quedará en aquella ciudad hasta que comparezca en juicio delante de la congregación y hasta la muerte del sumo sacerdote que fuere en aquel tiempo; entonces el homicida podrá volver a su ciudad y a su casa y a la ciudad de donde huyó.

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